El principio de deferencia razonada y las actuaciones de las Cámaras durante la tramitación de la ley. Examen de una sentencia del Tribunal Constitucional

Autores/as

  • María Pía Silva Gallinato Abogado, profesora de Derecho Constitucional, Universidad Católica de Chile. Magíster (c) en Derecho Constitucional, Universidad Católica de Chile

Resumen

El presente artículo desarrolla uno de los principios basales de los modernos estados constitucionales de derecho, a través de una sentencia de nuestro Tribunal Constitucional: el principio de deferencia razonada. Dicho principio se articula a partir de diversas claves de bóveda tales como la autonomía del legislador, la legitimidad del parlamento, la separación de funciones públicas y las reglas constitucionales que regulan el proceso legislativo, todas las cuales se manifiestan como expresión del citado principio, al cual deben sujetarse los órganos encargados de controlar la constitucionalidad de la ley.

Palabras clave:

Principio de deferencia razonada, separación de funciones, Parlamento, Tribunal Constitucional