in Revista enfoques educacionales
2021/Modelo para Armar un Estatuto Universitario
Resumen:
Este recuento plantea una postura personal respecto de las sesiones del claustro universitario que se realizó en una universidad estatal chilena para redactar sus nuevos estatutos, en el contexto del proceso constituyente que ocurrió durante 2021 y 2022. A partir de lo anterior, se plantea una reflexión sobre la convivencia dentro de una comunidad universitaria que se caracteriza por la diversidad. En definitiva, el claustro universitario hizo palpables las fracturas internas en la comunidad universitaria. La propuesta de estatuto universitario no pretendió constituir un marco general y pluralista para que la universidad se desarrollara a largo plazo, sino que buscó de manera preferente solucionar problemas y conflictos concretos actuales.
Introducción
La Universidad X es una universidad estatal regional en Chile. El Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N°156 del año 1982, contiene el Estatuto de la Universidad X y ha sido modificado una sola vez: en concreto, mediante la Ley 19.305 de 1994, que democratizó la elección de las y los rectoras/es de las universidades estatales.
La Ley 21.094 sobre universidades estatales del 2018, en su Título II contiene normas comunes a las universidades del Estado. Las normas de ese título abarcan el gobierno universitario (párrafo 1), la calidad y acreditación institucional (párrafo 2), la gestión administrativa y financiera (párrafo 3) y los académicos y funcionarios no académicos (párrafo 4). El artículo primero transitorio de la Ley dispone:
“[…] Para los efectos de adecuar los actuales estatutos de las universidades del Estado a las disposiciones del Título II de esta ley que así lo exijan, dichas instituciones deberán proponer al Presidente de la República […] la modificación de sus respectivos estatutos dentro del plazo de tres años […] Si una universidad del Estado no cumpliere con las obligaciones establecidas en los incisos anteriores, dentro del plazo máximo allí señalado, al vencimiento del mismo regirán, por el solo ministerio de la ley, las normas estatutarias relativas a la organización, gobierno, funciones y atribuciones de las universidades del Estado establecidas en el estatuto general que, mediante decreto con fuerza de ley, haya dictado el Presidente de la República […]”.
Para cumplir con el artículo primero transitorio de la Ley 21.094, se dictó el Decreto con Fuerza de Ley (DFL) N° 4 el año 2019, que establece el estatuto general sobre organización, gobierno, funciones y atribuciones de las universidades del Estado. El DFL N° 4 del 2019 comienza en el Título I con disposiciones generales que, en gran medida, repiten o se refieren a normas de la legislación vigente; así, p.ej., el artículo N° 1 del DFL N° 4 del 2019 repite gran parte de los incisos 1 y 2 del artículo 1 de la Ley 21.094. Los demás títulos del DFL N° 4 de 2019 repiten, como era de esperar, la estructura del Título II de la ley 21094; es así como el DFL N° 4 de 2019 contiene títulos sobre el gobierno universitario (Título II), la calidad y acreditación institucional (Título III), la gestión administrativa y financiera (Título IV) y los académicos y funcionarios no académicos (Título V). El DFL N° 4 de 2019 acaba con cuatro artículos transitorios. Es minimalista en cuanto a su contenido, pues se limita en gran medida a repetir el contenido de las disposiciones de la Ley 21.094.
En consecuencia, su espíritu apunta a no petrificar legalmente los detalles del estatuto universitario, sino que a dejar a las universidades un gran ámbito de autonomía para autorregularse en el futuro. En otras palabras, el DFL N° 4 de 2019 contiene un granulado normativo tan grueso como la Ley 21.094, y deja el granulado normativo fino a la regulación corporativa.
Para cumplir con la adecuación de su estatuto a la Ley 21.094, la Universidad X conformó una comisión triestamental mediante su Resolución Exenta (Res. Ex.) 2.118 del 30 de julio de 2019. Esa comisión propuso constituir un claustro universitario triestamental compuesto por 192 integrantes (32 estudiantes, 32 funcionarios/as y 128 académicas/os) y elaboró algunas disposiciones generales sobre el funcionamiento del claustro. El trabajo del claustro debiese haber comenzado en diciembre de 2019 1 .
Debido a la situación social comúnmente denominada “estallido social” ocurrida en Chile durante octubre del 2019 y a la pandemia del COVID-19 que afectó al mundo a partir del año 2020, la universidad suspendió muchos procesos, entre ellos, elaborar una propuesta de estatuto conforme al artículo primero transitorio de la Ley 21.094. Esto es especialmente relevante, porque el artículo primero transitorio, en su redacción original, daba a las universidades estatales un plazo perentorio para proponer una adecuación de su respectivo estatuto, y ese plazo vencía el día 5 de junio de 2021. El día antes de que venciera ese plazo se publicó la Ley 21.346, que lo extendió en un año más.
Recién el 17 de septiembre de 2020, la Universidad X dictó la Res. Ex. 1.372 que aprobó la metodología de trabajo para adecuar el estatuto de la Universidad X al Título II de la Ley 21.094 y designó integrantes del claustro. Esta Res. Ex. 1.372 de 2020 acogió todas las propuestas metodológicas que había formulado la comisión triestamental creada mediante la Res. Ex. 2.118 de 2019. Cabe destacar que, de entre las y los 128 representantes del estamento académico, 5 eran representantes de asociaciones vinculadas a grupos sociales y 5 eran representantes de asociaciones vinculadas a temáticas de género. No hubo cupos para representantes de asociaciones vinculadas a grupos sociales o a temáticas de género en el estamento funcionario ni en el estudiantil.
Este recuento examina y plantea una postura personal respecto de las sesiones del claustro universitario. Examina experiencias intersubjetivas en la academia respecto de la construcción mancomunada y democrática de una universidad y de la convivencia universitaria. En el espíritu de Alfred Schütz (1932) y Peter L. Berger y Thomas Luckmann (1966), esta interpretación personal del claustro universitario, que coincidió temporalmente en gran medida con el proceso constituyente de los años 2021 y 2022, puede ofrecer un espejo para comprender la sociedad chilena y cómo se desarrolló el diálogo político en ese contexto histórico. En definitiva, se planteará una reflexión sobre la convivencia dentro de una comunidad universitaria que se caracteriza por la diversidad. La próxima sección se referirá al funcionamiento del claustro y la siguiente abarcará sus resultados. Este ensayo terminará con preguntas abiertas.
El funcionamiento del claustro
El claustro universitario triestamental de la Universidad X se constituyó el día 21 de septiembre de 2020 con una ceremonia por videoconferencia que encabezó el rector.
Sesionó por primera vez el 24 de septiembre. Fue una sesión caótica; entre muchas voces discordantes, terminó por imponerse la expulsión del Vicerrector Académico y del equipo técnico que la universidad había dispuesto para acompañar y asesorar al claustro, quienes abandonaron la sesión en una actitud defensiva y despavorida. El argumento principal para expulsarlos fue la soberanía absoluta del claustro; sin embargo, hablar de argumentos puede sugerir la impresión equivocada de un diálogo racional habermasiano. Más bien fue un estado de naturaleza con visos de asambleísmo.
A partir de entonces, el claustro sesionó, por regla general, dos veces por semana durante el período lectivo. Las sesiones se realizaron por videoconferencias a través de la plataforma zoom. De a poco, comenzó a decantar el caos y a surgir una cierta estructura, gracias a dos hitos significativos. El primero, fue conformar un equipo coordinador compuesto por integrantes del claustro. Ese equipo no mantuvo las proporciones entre estamentos del claustro, sino que estuvo compuesto por dos integrantes de cada estamento, más dos integrantes de cada uno de los llamados “grupos subrepresentados”, es decir, de las asociaciones vinculadas a grupos sociales y a temáticas de género, además de otros integrantes. Es decir, los llamados “grupos subrepresentados” gozaron de sobrerrepresentación en el equipo coordinador.
El segundo hito significativo se produjo cuando, un par de semanas después, el claustro requirió a la Vicerrectoría Académica la asistencia de una mesa técnica, aunque sin una autocrítica generalizada sobre la expulsión anterior del equipo técnico. Una de las principales funciones, primero del equipo coordinador y luego de la mesa técnica, fue moderar los debates durante las sesiones del claustro.
Desde las primeras sesiones del claustro, hubo una tensión entre el deseo de un diálogo irrestricto, al estilo habermasiano, y una impaciencia por lograr resultados concretos. Con el paso de las sesiones, comenzó a preponderar la impaciencia. Como consecuencia, el claustro empezó, de manera progresiva, a adoptar decisiones de fondo, sin antes haber acordado un reglamento de funcionamiento interno. Es más, el claustro no debatió (ni menos decidió) las reglas procedimentales para adoptar esas decisiones: p.ej., el claustro nunca abordó ni acordó cuál sería el quórum necesario para sesionar. Aunque suene asombroso, tampoco abordó ni acordó cuál sería la base para calcular la mayoría (los votos válidamente emitidos, los miembros del claustro presentes al momento de votar, el padrón electoral o el número total de integrantes del claustro, etc.). Ante las exhortaciones al diálogo sin prisas y a aclarar las reglas procedimentales, la voz hegemónica respondió con creciente reprobación y escarnio. No es una sorpresa que esa falta de reglas procedimentales haya sido la raíz de numerosos conflictos y debates posteriores, así como de situaciones en que ciertas voces hegemónicas se beneficiaron de la ausencia de reglas procedimentales para imponer su punto de vista.
El claustro adoptó decisiones de dos maneras. Por una parte, a través de votaciones en línea; la falta de rigor procedimental generó algunos resultados que fueron cuestionados. Por otra parte, el claustro adoptó decisiones a través de las y los moderadores el debate, quienes aseveraban constatar un consenso general en el claustro respecto de un cierto tema o pregunta. Las y los moderadores, en ocasiones, interpretaban el silencio como consenso o, en el peor de los casos, simplemente descartaban las opiniones divergentes.
A contar de noviembre de 2020, el claustro conformó cuatro comisiones, cada una para abordar los títulos II, III, IV y V del DFL N°4 de 2019. A su vez, las comisiones pudieron conformar subcomisiones. Cada comisión sesionó en horarios propios, muchas veces adicionales a las sesiones plenarias del claustro; por tanto, la cantidad de horas-persona dedicadas al claustro fue enorme. La voz hegemónica en el claustro determinó que ciertos temas, como la vinculación con los grupos sociales o con las temáticas de género, fueran transversales para todas las comisiones, pero sin aclarar qué significaba esa transversalidad. Cada integrante del claustro debió elegir una sola comisión, a excepción de las y los integrantes de los llamados “grupos subrepresentados”, quienes podían integrar varias de manera simultánea y votar en todas ellas; en otras palabras, se instauró un sistema de voto censitario. Para estos efectos, se consideraba como “grupos subrepresentados” al estamento funcionario, el estamento estudiantil, y las agrupaciones vinculadas a grupos sociales y a temáticas de género; es decir, el estamento académico era el único “grupo no subrepresentado”.
Las sesiones del claustro eran grabadas mediante las funciones que ofrece la plataforma zoom. Las grabaciones de video se transmitían por canales abiertos de la plataforma YouTube. Además, las grabaciones de video quedaron en la plataforma institucional a disposición de la comunidad universitaria. La grabación en video y la transmisión pública de las sesiones fue objeto de un insólito dictamen del contralor universitario, quien enfocó el asunto sólo desde la perspectiva de los derechos de autor de las y los integrantes del claustro en la plataforma YouTube, pero omitió referirse a la protección de la intimidad de las y los integrantes del claustro. La publicidad abarcó también los votos de cada integrante del claustro, que no eran secretos, sino públicos. Durante el breve debate sobre la publicidad o secreto del voto, una integrante, aparentemente en total ignorancia de las experiencias totalitarias del siglo 20, expresó que quien no tiene nada que esconder, tampoco debe esconder su voto.
El claustro debatió, pero no decidió que hubiera actas de las sesiones. Dos integrantes de la comisión organizadora comenzaron a redactar actas a partir de las grabaciones en video. Eran personas que, durante los debates en las sesiones del claustro, solían sostener posturas extremas. Elaborar las actas sin duda significó una gran carga de trabajo para solo dos personas y la producción de actas fue lenta. Las actas de las dos primeras sesiones se enviaron pocos días después de la respectiva sesión. Un segundo lote de actas se envió en abril de 2021, es decir, aproximadamente seis meses después de las respectivas sesiones del claustro. Un tercer lote se envió en mayo de 2021. En octubre de 2021 el claustro terminó de sesionar. Lo siguientes lotes se enviaron en enero, marzo y abril de 2022. Las dos redactoras sometían a aprobación cada lote de actas mediante un formulario de la plataforma Google, que también permitía formular observaciones. Las actas fueron aprobadas por un porcentaje muy cercano al 100% de los votos. Solo se informó el porcentaje de aprobación de cada lote de actas, pero no se informó la cantidad de votantes, el padrón electoral ni las observaciones enviadas.
La comisión organizadora y algunas agrupaciones de integrantes enviaron encuestas a las y los integrantes del claustro. Extrañamente, no hubo encuestas dirigidas a toda la comunidad universitaria. Algunas/os integrantes del claustro criticaron de manera vehemente la histórica falta de espacios de participación en la universidad y habían loado el claustro como instancia participativa; simultáneamente varias/os de ellas/os expresaron reservas a que el claustro se abriera a la participación de toda la comunidad universitaria, aduciendo la experticia de las y los integrantes del claustro. Es decir, dentro del claustro se observó un ánimo tecnocrático respecto de su propio funcionamiento, mientras se criticaba que históricamente el gobierno universitario había adoptado decisiones de manera tecnocrática. Esta contradicción no fue objeto de autocrítica.
Incluso más: el claustro rechazó someter el proyecto de estatuto a un plebiscito universitario. En definitiva, a pesar de las (probablemente justificadas) quejas por décadas de poca participación en las decisiones de la universidad, el claustro rechazó la participación de la comunidad universitaria. En vez de eso, aprobó una consulta universitaria no anónima, cuyos resultados fueron debatidos en las comisiones y subcomisiones, las que de manera discrecional decidieron incorporarlos o rechazarlos.
También hubo cartas abiertas de integrantes del claustro a la comunidad universitaria y al claustro. En ocasiones, hubo personas que respondieron a esas cartas abiertas para expresar su solidaridad, especialmente cuando la carta había apelado a una identidad grupal “subrepresentada”.
El claustro y las comisiones invitaron a personas externas a exponer sobre distintas temáticas. Estas numerosas exposiciones fueron enriquecedoras para el debate habermasiano. De manera simultánea, como ya mencionamos, imperó un apuro por conseguir resultados tangibles y una minusvaloración del diálogo durante las sesiones del claustro. La voz hegemónica en el claustro seleccionó e invitó a expertas/os externos/as que compartieran las ideas de la voz hegemónica, para luego citar las opiniones expertas como prueba de la veracidad tecnocrática de la voz hegemónica. En general, la voz hegemónica desechó los argumentos de profesionales y académicos/as internos/as a la Universidad X que tienen experticia en las mismas materias que esas y esos expertas/os externos/as.
Sería una elucubración afirmar que la voz hegemónica ya se había coordinado antes de que comenzara a sesionar el claustro; pero sí fue notorio que se fue cristalizando bastante rápido, tras solo un par de sesiones del claustro. La voz hegemónica en general usó todo el arsenal disponible para imponer su opinión. Fue relativamente frecuente el matonaje, p.ej. interrumpir las opiniones disidentes. Fue una lección en “cancel culture”. Una herramienta para esto fue el uso del canal de chat que ofrece la plataforma zoom. En efecto, fue posible observar lo mismo que ocurre en las redes sociales: bastaba un pequeño grupo de personas organizadas para copar el chat con apoyo para unas personas y escarnio para otras. En definitiva, el ambiente en el claustro fue hostil. Es interesante hipotetizar qué hubiese ocurrido sin la pandemia COVID-19, ya que el claustro hubiese probablemente sesionado de manera presencial. Tal vez esa presencialidad hubiese moderado la hostilidad en el claustro ( Bertolotti y Magnani ,2013 ).
La comisión organizadora llevaba registros de asistencia y en un comienzo expulsaba a integrantes del claustro que se ausentasen una cierta cantidad de veces de manera injustificada. El claustro acordó que desde diciembre de 2020 no sería posible reemplazar a integrantes que se retirasen del claustro y, en consecuencia, al principio la comisión organizadora dejó de expulsar a las y los inasistentes. Además, durante el funcionamiento del claustro hubo miembros que renunciaron o debieron retirarse por haber dejado el cargo en cuya virtud participaban en el claustro. La comisión organizadora informó en agosto de 2021 que habían sido expulsados por inasistencia 18 de los 32 representantes funcionarios (es decir, quedaban 14) y 24 de los 32 representantes estudiantiles (quedaban 8). Informó que habían sido expulsados 12 de 128 representantes académicos, pero cabe aclarar que esa información estaba incompleta. La sección 3 del documento que la comisión organizadora elaboró el 30 de octubre de 2020, indica que “luego de dos inasistencias consecutivas sin justificación se notificará al estamento y/u organización que representa”. Sin embargo, consta que la comisión organizadora no cumplió siempre con el procedimiento para expulsar a miembros del claustro; la comisión organizadora no respondió insistentes requerimientos y preguntas al respecto. Queda la duda si la expulsión por inasistencia fue, en ocasiones, una herramienta que la comisión organizadora aplicó de manera selectiva para justificar expulsiones que tenían otros motivos. A pesar de las expulsiones y de los reemplazos que se produjeron hasta diciembre de 2020, no hubo una resolución exenta posterior que corrigiera la designación de integrantes del claustro contenida en la Res. Ex. 1.372 de 2020, por lo que la conformación del claustro se produjo de hecho.
En definitiva, la voz hegemónica tomó el control de claustro y, en ocasiones, aplicó técnicas que recuerdan a las purgas estalinistas. Además, a partir de lo que expresaron varios miembros del claustro durante los plenarios (especialmente funcionarios no académicos), hubo personas que dejaron de participar por el hastío que les provocaba el ánimo confrontacional y la dominación que ejercía la voz hegemónica, aunque esos miembros no hubiesen sufrido personalmente el hostigamiento. Por ambos motivos, el resultado final fue una creciente homogeneización del claustro, cada vez más depurado de voces disidentes. El claustro se convirtió en una caja de resonancia de la voz hegemónica; por eso, no sorprende que, tal vez incluso de buena fe, los integrantes de la voz hegemónica terminaran convencidos de que su postura reflejaba la voluntad general de toda la universidad.
Por último, en algunas ocasiones puntuales hubo personas que usaron el espacio del claustro para una vendetta pública. Como autor, no conozco y no puedo juzgar las motivaciones de esos hechos, pero parece haber sido una respuesta a conflictos interpersonales que habían ocurrido antes de que el claustro comenzara a sesionar. Es decir, la publicidad del claustro parece haber cumplido una función de una válvula de escape y de un cepo para ventilar conflictos que, al parecer, no se habían enfrentado en privado.
El estamento académico actuó dividido y autoflagelante. El estamento estudiantil fue adversarial. El estamento funcionario estuvo poco presente: participaron de manera preferente los funcionarios profesionales, pero participaron muy poco los funcionarios técnicos, administrativos y auxiliares. Hubo coaliciones ideológicas entre representantes de distintos estamentos.
El debate de la propuesta de claustro se trasladó a las comisiones y subcomisiones. Las subcomisiones trabajaron en horarios fuera de la jornada laboral, lo que excluyó a personas que no pudieran (p.ej. por deberes familiares) o no quisieran trabajar fuera de su jornada. Además, ocurrió que las citaciones oficiales fueron enviadas con poca antelación, p.ej. en viernes después de las 22 horas para una sesión de subcomisión fijada para el sábado a las 11 horas; muchas personas que no habían tenido un conocimiento previo (por canales informales) de esas citaciones, no tenían una oportunidad real de participar. En definitiva, algunas subcomisiones sesionaron con muy pocos asistentes y con frecuencia parecían un politburó. Es imposible comprobar las motivaciones, pero al parecer en algunas ocasiones las subcomisiones abortaron una sesión si los y las representantes de la voz hegemónica constataban que algunas personas disidentes estaban presentes y temían que pudieran “entorpecer” los acuerdos.
Las decisiones que adoptaban las comisiones y subcomisiones se llevaban al claustro para su votación. Durante las votaciones en el pleno estaba prohibido debatir. En consecuencia, el claustro sólo podía votar, en silencio, si aprobaba o rechazaba lo que hubieran decidido las (sub)comisiones. Por lo tanto, el pleno del claustro dejó de ser un órgano deliberativo relevante y sólo nominalmente fue un órgano decisorio. El real poder deliberativo y decisorio se radicó definitivamente en las comisiones y subcomisiones. Ejercer el control de esas (sub)comisiones fue tal vez la principal clave para decidir el contenido del proyecto de estatuto.
En el claustro, no es de extrañar que casi todas las votaciones fueran aprobadas por el 100% o casi el 100% de los votos. Si a esto sumamos las tácticas de dominación y las dudas procedimentales y electorales mencionadas antes, es inevitable rememorar las elecciones en regímenes autoritarios.
El claustro dejó de sesionar en octubre de 2021. El 8 de octubre de 2021 se realizó una ceremonia en la que representantes del claustro entregaron simbólicamente el proyecto de estatuto al rector. Este ensayo abordará el proceso hasta ese momento.
Posteriormente, el proyecto de estatuto que el claustro entregó al rector fue presentado a los cuerpos colegiados de la Universidad, quienes introdujeron modificaciones sustanciales al texto. A continuación, la Universidad lo envió, sin grandes aspavientos, al Ministerio de Educación.
El resultado del claustro
En la sección anterior, he aludido al ambiente hostil y confrontacional dentro del claustro y hacia las autoridades universitarias. Una explicación plausible, parece ser un antagonismo y una profunda desconfianza entre las y los integrantes del claustro. Más que un equipo humano con una identidad común que trabajaba para lograr un objetivo común, el claustro pareció un conjunto fragmentado de grupos identitarios y grupos de intereses, en constante pugna y que desconfiaban entre sí.
Sobre todo, al comienzo, un discurso recurrente fue la victimización para acallar una opinión divergente u obtener flexibilidad para participar en el claustro (p.ej. que los “grupos subrepresentados” pudieran participar y votar en varias comisiones). Parte del discurso victimizante se concentró en retratar al estamento académico como opresor del estamento funcionario y del estamento estudiantil; numerosa/os académicas/os compartieron ese diagnóstico autoflagelante. Esto explica que el estamento académico haya sido el único grupo que no fuera declarado como subrepresentado.
Como mencionamos antes, el estamento académico se caracterizó no solo por ser autoflagelante, sino también por estar dividido. Pese a haber tenido en teoría cuatro sextos de los votos, no propuso una concepción única, coherente ni académica de la universidad. Esa fractura, evidente desde un comienzo, hace implausible el relato del estamento académico como opresor.
El sueño utópico de una hermandad no se concretó, sino que en el claustro emergió una multitud fracturada y agonal. El resultado no fue un proyecto de estatuto que reflejara el pluralismo académico, sino que refleja las preferencias de las coaliciones identitarias. Algunas personas podrían retrucar que así es como trabaja el legislador en el Congreso Nacional; pero justamente una comunidad universitaria es distinta del legislador. En definitiva, la destrucción del tejido social, el conflicto y la desconfianza fueron evidentes en el claustro.
El resultado podría ser una universidad más fracturada que antes. El claustro fue una oportunidad desperdiciada para cohesionar a la comunidad universitaria. En el estamento académico, la principal fractura discurrió entre dos proyectos de universidad mutuamente incompatibles: la universidad como un actor de la lucha política social representativa de una ideología política identitaria versus la universidad como institución académica pluralista (que, ciertamente, también es una ideología). Cada proyecto buscaba un estatuto que concretara su proyecto universitario. Pero lo más relevante es que, sin un consenso básico sobre el significado y el proyecto de la universidad, el diálogo implosionó. En vez de un diálogo racional habermasiano, hubo primero una cacofonía agonal y, luego, un discurso hegemónico excluyente. Se impuso la voz hegemónica identitaria. No es primera vez que la misma diversidad juega en contra de la unidad política de un grupo humano.
Por supuesto, los demás estamentos tenían sus propios intereses. Un interés relativamente notorio en el estamento funcionario se refirió a que la Universidad X sea un servicio público participativo y democrático, en contraste con los principios generales de los servicios públicos: la jerarquía y la meritocracia. Tal vez la cuestión que concitó el apoyo más amplio de todos los estamentos fue reformar la carrera funcionaria no académica. El estamento estudiantil, por su parte, en general propugnó la participación (a veces democrática, a veces asambleísta) en la estructura organizacional de la Universidad X.
No debiese sorprender, entonces, que el borrador de estatuto de la Universidad X reflejase intereses corporativistas y gremiales. No refleja un interés o una visión compartidos de la Universidad X, porque en general no hubo un ánimo comunitario ni intereses comunes. En vez de proyectar a la Universidad X para las próximas cinco décadas, para que, de forma flexible, progresiva e iterativa defina y redefina su estructura, el ánimo fue petrificar en el estatuto los actuales intereses corporativistas y gremiales.
A lo anterior, se suma que en el claustro primó una vocación refundacional. Esto tuvo dos consecuencias principales: la amplitud y la profundidad del proyecto de estatuto. En primer lugar, el claustro se arrogó la competencia-competencia. Ante la pregunta de cuáles materias podía regular en el estatuto, la voz hegemónica del claustro respondió: todas. Por tanto, la amplitud de materias incluidas en el debate no tuvo límites teóricos, sino que sólo prácticos (en esencia, el tiempo disponible y la pura voluntad). En segundo lugar, el claustro no se contentó con sentar las bases institucionales para la estructura organizacional de la Universidad X y la convivencia universitaria, sino que en general, las (sub)comisiones redactaron disposiciones muy detalladas. El nivel de detalle normativo del proyecto de estatuto es más propio de una resolución exenta que de una ley.
A modo de ejemplo, el claustro se arrogó conocer y decidir sobre la carrera académica, materia en la que poco antes había trabajado una comisión especializada durante más de un año. A partir de ahí, dos comisiones (la comisión para abordar el título II y la comisión dedicada al título V del DFL N° 4 de 2019) estimaron necesario definir quién es un/a académica/o. Ambas comisiones trabajaron de manera descoordinada, reclamaron para sí la competencia de formular esa definición, y finalmente propusieron definiciones incompatibles al pleno del claustro. En la sesión del 26 de julio de 2021 durante el punto de tabla “varios”, el pleno del claustro anuló la votación anterior sobre la definición de “académico” y agregó a la tabla de la sesión siguiente, que se volviera a votar esa definición. La comisión organizadora no envió la tabla de la sesión siguiente y la propuesta de voto a los miembros del claustro. Es decir, en la sesión siguiente el pleno votó sobre algo que ya se había votado y sin que hubiera claridad de por qué se debía volver a votar.
Esa vocación refundacional tuvo varios motivos, algunos entre los que cabe destacar; primero, el deseo de participar personalmente en definir la estructura de la Universidad X y el desprestigio de la representación. Tal vez algunas personas tenían además un cierto ánimo de revancha: de haberse sentido históricamente excluidos, pasaron a ser excluyentes. En términos coloquiales, había que aprovechar la oportunidad de por fin ser quien impusiera sus puntos de vista a las y los demás integrantes de la universidad; especialmente porque, al contener regulaciones muy detalladas, era importante petrificar los intereses propios. Segundo, el desprestigio del saber especializado, ya que cada persona se siente capacitada para decidir sobre cualquier materia. Ya que las universidades cultivan el saber especializado, es especialmente llamativo cuando en ellas se desprestigia ese saber. Tercero, la dificultad para valorar el disenso como una riqueza en vez de una agresión, y la incapacidad para solucionar los disensos mediante el diálogo ( VV.AA., 2020). Cuarto, un ánimo voluntarista, alérgico a las limitaciones que los porfiados hechos (p.ej. las finanzas universitarias) pueden imponer a la desnuda voluntad política.
Preguntas abiertas
El proceso en la Universidad X para adecuar su estatuto plantea varias interrogantes. En primer lugar, cómo continuará la convivencia de la comunidad universitaria. ¿Será el claustro una experiencia desgarradora del tejido social? ¿Se expandirá la hostilidad del claustro a los demás ámbitos de la Universidad X? ¿Podrán sanar las heridas? ¿Será posible construir una identidad común, un “nosotros”, después y a pesar del claustro?
Una segunda serie de preguntas se refiere a los efectos que pudiese tener un estatuto con regulaciones amplias y profundas. El contenido desbordante y la regulación detallada podrían petrificar el estatuto de la Universidad X, ya que se requeriría una reforma legal para modificarlos. En cambio, el estatuto general contenido en el DFL N° 4 del año 2019, por ser minimalista, hubiese dejado mucha más flexibilidad a las futuras generaciones para adaptar a la Universidad X a los futuros cambios sociales.
Finalmente, una pregunta referida al contexto nacional. La democratización de las instituciones y la diversidad social son propias de los tiempos presentes. La pregunta es cómo lograrlas en grupos humanos fracturados. En esencia, varias críticas a la convención constitucional que sesionó entre julio de 2021 y julio de 2022, cuya propuesta fue rechazada en el plebiscito del 4 de septiembre de 2022, abordan aspectos análogos a los observados en el claustro universitario. Como señala Page (2011), la diversidad puede ayudar a que las sociedades florezcan, pero demasiada diversidad puede generar caos e ineficiencia. En definitiva, parece lo más plausible que los problemas no hayan sido exclusivos del claustro universitario y de la convención constitucional, sino que reflejen la realidad social chilena.
Una organización rasgada por dentro estará muy debilitada para enfrentar los desafíos del futuro. Una organización con un estatuto pétreo, de contenido desbordante y regulación detallada, estará en pésima posición para enfrentar el cambio social durante las próximas décadas. Ese ha sido el regalo envenenado de la Ley 21.094, cuando permitió a las universidades estatales adecuar sus respectivos estatutos.
Julio Cortázar (1968/1995) escribió en “62/Modelo para Armar”: “‘Quisiera un castillo sangriento’, había dicho el comensal gordo”. Dentro y fuera de la Universidad X hubo, al parecer, comensales que desearon y lograron una universidad sangrienta. Es una lástima que el claustro de la Universidad X no haya estado a la altura de las circunstancias.
Resumen:
Introducción
El funcionamiento del claustro
El resultado del claustro
Preguntas abiertas