El artículo 41 G en la Ley de Impuesto a la Renta regula lo que internacionalmente se conoce como Normas sobre Transparencia Fiscal Internacional o CFC Rules (Controlled Foreign Company Rules). Conforme a esta norma, los contribuyentes residentes o domiciliados en Chile que controlen entidades en el extranjero, y que reciban rentas calificadas como “pasivas”, deberán tributar en nuestro país sobre base devengada o percibida. Para ello, la norma establece algunos requisitos; uno de ellos es que la entidad extranjera sea controlada. Este artículo tiene como objetivo analizar críticamente este requisito, así como los elementos que lo componen y algunas discusiones interpretativas en relación al mismo..
Magíster en Tributación, Universidad de Chile. Abogado, Universidad Diego Portales. Abogado en Servicio de Impuestos Internos.
How to Cite
Ossandón Cerda, F. (2019). Normas CFC en Chile: análisis particular del requisito de control de entidades extranjeras del Artículo 41 G de la LIR. Revista De Estudios Tributarios, (21), pp. 11–49. Retrieved from https://revistaestudiostributarios.uchile.cl/index.php/RET/article/view/54040