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La Revista de Derecho Público de la Universidad de Chile invita a los autores nacionales y extranjeros a participar en el próximo número de la Revista, correspondiente al primer semestre de 2026. El plazo definitivo para la recepción de articulos se extenderá hasta el domingo 10 de mayo de 2026.

Los artículos deben ajustarse a las normas editoriales, las cuales se encuentran en: https://revistaderechopublico.uchile.cl/index.php/RDPU/about/submissions

Los trabajos científicos se someten al proceso de arbitraje ciego por pares evaluadores.

Elementos básicos de la arquitectura normativa de la discrecionalidad administrativa

Autores/as

  • Pablo Carrasco Fuentes Abogado y Magíster en Derecho, Mención Derecho Público por la Universidad Austral de Chile. Diplomado en Derecho Administrativo por la Pontificia Universidad Católica de Valparaíso de Profesor de Derecho Administrativo y Derecho Ambiental.
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Resumen

La Administración ejerce la potestad discrecional con miras al Bien Común, intentando no incurrir en ilegalidades ni arbitrariedades, puesto que la norma jurídica es su origen; se ha instituido para integrar errores, imprecisiones, vaguedades o vacíos de formulación. La norma está compuesta de supuestos de hecho y de consecuencia jurídica única u optativa y la discrecionalidad puede originarse en los dos elementos. Para completar los elementos imperfectos de las normas, la Administración del Estado realiza actividades interpretativas o integradoras. Para limitar las potestades discrecionales y evitar cualquier falla, el elemento técnico necesita ser muy gravitante y la regulación debe ser completa y de calidad.

Palabras clave:

Juridicidad , potestades administrativas , discrecionalidad administrativa