1. Una teoría empírica del Derecho, basada en el derecho que es, no contribuye, por cierto, a una reorientación fundada en los valores de la moral y de la justicia, sino más bien a su instrumentalización en el servicio de fines utilitarista o de conveniencia coyuntural. Conocidas son a este respecto las sugestivas expresiones de M. Kant vertidas en sus "Principios metafísicos de la Teoría del Derecho": "Una teoría del Derecho meramente empírica es como la cabeza de madera en la fábula de Fedro, una cabeza que puede ser muy bella, pero carente de seso".
Palabras clave:
Caducidad, Depósitos bancarios, Propiedad privada
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Cómo citar
Mohor Abuauad, S. (2016). La caducidad de los depósitos bancarios: Un potencial peligro a la propiedad privada. Revista De Derecho Público, (69), Págs. 270–281. https://doi.org/10.5354/rdpu.v0i69.40209