El derecho a desarrollar cualquier actividad económica en las actas de la comisión de estudios nueva constitución

Autores/as

  • Ramón Huidobro Salas Universidad de Chile

Resumen

El decreto supremo no.260 de fecha 21.04.1983, del Ministerio de Justicia, así como los preceptos contenidos en los artículos 19 y siguientes del Código Civil, sirven de fundamento al presente trabajo, el cual tomará como base el estudio de la historia fidedigna del establecimiento del derecho constitucional a desarrollar cualquier actividad económica consagrado en el artículo 19 no.21 de la Constitución Política de 1980, buscando determinar el elemento histórico de interpretación y así fijar el verdadero sentido y alcance de este precepto a través del pensamiento del constituyente, ayudando así a la correcta comprensión de las instituciones evitando su desnaturalización y la pérdida de los fines que se han tenido en vista al establecerla.