Acerca de la nulidad de derecho público en nuestro sistema jurídico constitucional y, en especial, de la interpretación armónica de los artículos 6° y 7° de la Constitución

Autores/as

  • Salvador Mohor Abuauad Universidad de Chile

Resumen

Enunciamos como proposición comprobable que los preceptos legales y la jurisprudencia que omiten sancionar con la nulidad los actos jurídicos de los órganos del Estado contrarios al principio de legalidad consagrado en los artículos 6º y 7º de la Constitución, no por ello la transgreden necesariamente, a pesar del carácter perentorio y absoluto de la norma contenida en el inciso 1º del segundo de los artículos citados, que aparentemente conduce a la conclusión contraria.

Palabras clave:

Nulidad de derecho público, Interpretación constitucional, Principio de legalidad