Domingo Valdés Prieto
Master of Laws, University of Chicago y MPL, Yale University School of Management. Profesor Titular de Derecho Económico y Libre Competencia en la Universidad de Chile. Miembro de la Comisión Asesora Presidencial para la Defensa de la Libre Competencia.
En este trabajo se advierte que no todos los principios y preceptos de la conciliación civil son susceptibles de aplicación a la conciliación establecida en el Decreto Ley 211. Lo expuesto conduce a una doble conclusión: i) la existencia de diferencias específicas que perfilan la conciliación antimonopólica como una institución diversa de la conciliación civil y ii) una supletoriedad limitada o parcial de la normativa que rige la conciliación civil respecto de la conciliación antimonopólica.
Palabras clave:
Conciliación, conciliación antimonopólica, defensa libre competencia, procedimiento conciliatorio